La Universidad Autónoma de Occidente realizará las elecciones para sus Órganos de Gobierno, en el periodo 2019 – 2022, es decir que se elegirán los representantes de estudiantes y profesores para el Consejo Superior, Consejo Académico y los consejos de facultad.
Si quieres inscribirte como candidato, podrás hacerlo entre el lunes 23 de septiembre y el sábado 5 de octubre.
Requisitos para inscripción de candidatos
Para los estudiantes de pregrado:
- Ser estudiante regular de la Institución y encontrarse matriculado con el 40% de créditos aprobados de su respectivo programa académico.
- Haber obtenido en sus calificaciones un promedio ponderado acumulado no inferior a tres punto cinco. (3.5)
- Haber observado excelente conducta y no haber sido sancionado por faltas disciplinarias ni reportado por la Comisión de Ética institucional.
- No haber cometido faltas contra la ética dentro o fuera de la Universidad.
Para los estudiantes de posgrado:
- Estar matriculado en algún programa de postgrado de la Universidad.
- No haber cometido faltas contra la ética dentro y fuera de la Universidad.
Para los profesores:
- Tener vinculación como docente activo de la Institución, por lo menos durante dos (2) años continuos al momento de la elección.
- No haber cometido faltas contra la ética dentro y fuera de la Universidad.
*Los estudiantes y docentes adscritos al Instituto de Estudios para la Sostenibilidad en el doctorado de Regiones Sostenibles, solo podrán candidatizarse y votar por el Consejo Superior y el Consejo Académico y no votarán ni serán candidatos a los Consejos de Facultad.
Preguntas frecuentes
¿Cuáles son los representantes estamentales a los organismos de gobierno de la Universidad Autónoma de Occidente que se elegirán el 18 y 19 de octubre de 2019?
- Representantes de estudiantes y profesores al Consejo Superior.
- Representantes de estudiantes y profesores Consejo Académico.
- Representantes de estudiantes y profesores Consejos de Facultad (5).
¿Cuáles son las funciones de organismos de gobierno de la Universidad Autónoma de Occidente (Consejo Superior, Consejo Académico, Consejos de Facultad)?
Consejo Superior
Es el máximo órgano de dirección de la Institución. Se reunirá ordinariamente por lo menos tres veces al año y extraordinariamente cuando sea convocado por su presidente, por el rector, por el revisor fiscal o por las dos terceras partes de sus miembros.
Funciones: (Estatutos de la Universidad Artículo 23 Resolución No. 017992 del 19 de noviembre de 2018).
- Expedir o modificar los Estatutos de la Institución.
- Expedir o modificar, a propuesta del Rector, el Reglamento Estudiantil, Profesoral, de Bienestar Universitario, el Código de Buen Gobierno y de Ética y demás que sean de su competencia.
- Aprobar, a propuesta del Rector, el Proyecto Educativo Institucional, PEI.
- Aprobar los Planes de Desarrollo Institucional.
- Definir y/o modificar la estructura organizacional de la Institución.
- Aprobar la creación, modificación, suspensión o supresión de programas académicos de acuerdo con las disposiciones reglamentarias.
- Aprobar, a propuesta del rector, el presupuesto de rentas y gastos de la Institución.
- Crear y organizar fondos o sistemas especiales de administración de los recursos de la Institución.
- Designar o remover al rector.
- Designar o remover a los vicerrectores.
- Designar o remover a los decanos.
Consejo Académico
Es la autoridad académica de la Institución y órgano asesor del rector.
Funciones: (Estatutos de la Universidad Artículo 31 Resolución No. 017992 del 19 de noviembre de 2018).
- Estudiar y recomendar políticas institucionales en el área de gestión académica de la Institución.
- Conceptuar ante el Consejo Superior sobre la creación, modificación, suspensión o supresión de Unidades Académicas.
- Revisar y adoptar los programas para las Facultades, al tenor de las normas legales.
- Definir las políticas de investigación que debe desarrollar la Institución.
- Conceptuar en relación con el Estatuto Profesoral y los Reglamentos Estudiantiles.
- Resolver las consultas que le formule el Rector.
- Las demás que la Ley y las normas institucionales le asignen.
Consejos de Facultad
En cada facultad existirá un Consejo de Facultad con carácter asesor del decano.
(Estatutos de la Universidad Artículo 32 Resolución No. 017992 del 19 de noviembre de 2018).
En cada facultad existirá un Consejo de Facultad con carácter asesor del decano.
¿Cuántos representantes de los estamentos de profesores y estudiantes hay en cada órgano de gobierno de la Universidad?
(Estatutos de la Universidad Artículo 19, 30 y 33 Resolución No. 017992 del 19 de noviembre de 2018).
Dos principales y dos suplentes por cada estamento y organismo.
¿Cuáles y cuántos son los Consejos de Facultad de la Universidad?
Son los siguientes cinco:
- Consejo de Facultad de Ciencias Administrativas
- Consejo de Facultad de Ciencias Básicas
- Consejo de Facultad de Ingeniería
- Consejo de Facultad de Humanidades y Artes
- Consejo de Facultad de Comunicación y Ciencias Sociales
Requisitos para votantes
Artículo 4 Resolución No. 615 de Consejo Superior del 01 de marzo de 2019
En la elección de los representantes estudiantiles sólo podrán votar estudiantes con matrícula activa al momento de la elección. En la elección de representantes estudiantiles a los Consejos de Facultad, solo podrán votar estudiantes que pertenezcan a la respectiva facultad.
En la elección de los representantes profesorales solo podrán votar los profesores con contrato de trabajo vigente al momento de la elección. Para la elección de representantes profesorales a los Consejos de Facultad solo podrán votar profesores adscritos a la respectiva Facultad. Los profesores hora cátedra que presten servicio a más de una Facultad, sólo podrán votar por un Consejo de Facultad, a su elección. Los profesores que forman parte del cuerpo estudiantil, solo podrán votar en la elección de representantes a profesores.
Informes:
Secretaría General
PBX. 318 8000, ext. 11620.